este Tribunal Cuarto de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, efectuada la revisión correspondiente, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud efectuada por el ABG. VERSELYS GONZALEZ a favor de los acusados WILLIAN JOSE ZAPATA y ANTONIO JUSTINA RIVAS, se le cambiaran las presentaciones a Prefectura del Municipio Bolívar Estado Sucre, este tribunal acuerda AMPLIAR LAS PRESENTACIONES CADA CUARENTA Y CINCO (45) DIAS, debiéndose presentar en el Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.