Este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE de conformidad con lo dispuesto en el artículo 272 del Texto Constitucional , artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, y los artículos 64 literal B y 65 ambos de la Ley de Régimen Penitenciario, el la Formula Alternativa de Cumplimiento de de DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO, la penada: PATRICIA CATALAN, titular de la cédula de identidad N° 18.182.425; por estimar que reúne los extremos de Ley, exigidos en las normas antes citadas; a quien Le falta por cumplir una pena de TRES (03) AÑOS SEIS (06) MESES VEINTIDOS (22) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, siendo condenado a cumplir la pena de SEIS (6) AÑOS DE PRISION y las penas accesorias, por la comisión del delito de: OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 31 Segundo Apa.....