ASUNTO : RJ01-X-2007-000084
Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Decreta Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, contra el imputado LUIS ALEXANDER GOMEZ ROMERO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.539.928, de profesión vigilante en la ciudad de Barcelona, Estado Anzoátegui, para la empresa VIDIPRICA, de conformidad con lo establecido en los numerales 3 y 4 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el ordinal 1° del artículo 406 del Código Penal, consistente en presentaciones periódicas ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, cada Diez (10) días y la prohibición de salir de la Jurisdicción del Tribunal. Así mismo, observa quien decide que la presente causa esta instruida contra el imputado de autos y los ciudadanos JOSÉ JESÚS RAMIREZ BETANCOURT y CARLOS ENRIQUE VALLENILLA .....