declara ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado WILFREDO EMILIO DANIA GALAVIS, actuando con el carácter de Fiscal del Ministerio Público EN Materia de Drogas del Estado Sucre, en el asunto seguido al acusado BREIDDY RAMÓN GÓMEZ, en contra de la sentencia publicada el día 13 de Julio de 2.005, por el Juzgado Mixto Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, extensión Carúpano, con Voto Salvado del Juez Presidente, en la cual SE ABSOLVIÓ al acusado, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO Y FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTO PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal y 319 de la Ley de Reforma Parcial del Código Penal, en perjuicio de LUIS EFRÉN ALIENDRES GÓMEZ (OCCISO).- En consecuencia se fija el octavo día hábil siguiente a la última notificación que se haga a las partes para que a las diez de la mañana (10:00 AM), se lleve a cabo la Audiencia Oral establecida en el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal.....