Teniendo esta Acta de Convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contraria a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los niños y adolescente por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir con una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este Juzgado de Protección del niño y del Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos LUIS ALEXANDER SALAZAR AGUILAR Y ELIZABETH JOSE LA ROSA HERNANDEZ, Venezolanos, mayores de edad, Titulares de la Cédula de Identidad N° 12.740.771 Y 13.294.110, respectivamente, domiciliados en La Esmeralda, Sector El Rincón, Calle San Antonio N° 04 del Municipio Rivero Playa Grande Urbanización el Roldan s/n. de este Municipio Bermúdez. De conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Orgán.....