MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, en contra de CLAUDIA MARIA ROJAS VALDERRAMA, Venezolana, Natural del Caituco, Municipio Benítez del Estado Sucre, nacido en fecha 30-10-16983, de 30 años de edad, titular de la Cedula de Identidad V-16.843.143, estado civil: soltera, de profesión u oficio: madre procesadora, hija de Agapito rojas y María Valderrama, Residenciada en el sector Ojo de agua, Vía principal hacía Guariquen, al lado de la Comuna la Yaguara, Municipio Benítez, Municipio Arismendi, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES DEL TIPO PENAL BASICO, previstos y sancionados en el articulo 413 del Código Penal,, en perjuicio de la ciudadana Yelitza Josefina González Torrez; consistente en presentaciones periódicas cada treinta (30) Días por el lapso de ocho (08) Meses Por Ante la Comandancia De Policía Del Municipio Benítez, de conformidad con el articulo 242 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal.