Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los abogados CARLOS JAVIER NAVARRO ROSAS, LUIS FELIPE LEAL TOTESAUT y ALBERTO JOSÉ TERIUS FIGUERA, Defensores Privados del ciudadano CARLOS TERIUS, contra decisión dictada por el Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en fecha 16 de Septiembre de 2012, mediante la cual decretó PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano antes mencionado, por la presunta comisión de los delitos de TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE Y OCULTAMIENTO, OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO Y MUNICIONES, OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO.
.....