En mérito de todo lo antes expuesto este Tribunal Primero en Funciones de Control, Administrando Justicia en Nombre la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL y conforme al artículo 91 numeral 2| de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, Impone la medida cautelar, establecida en el articulo 92 numeral 8° de la Ley especial en contra del imputado RENE LEOPOLDO BARCELO HERNANDEZ, venezolano, de 32 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.830.726, de estado civil casado, natural de Caracas, nacido en fecha 10-08-1977, comerciante, residenciado en Casanay calle Colombia casa numero 69, frente a autos repuestos Nico, Estado Sucre; la cual se le iniciara por el delito de Violencia Sexual, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Mercedes del Carmen Suárez, de las estableci.....