En virtud de los fundamentos de Hecho y de Derecho antes descritos, este Juzgado Primero de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA Acumular el asunto N° RP11-D-2008-000003, al asunto RP11-D-2008-000034, el cual será considerado, para las demás actuaciones del debido proceso como causa Principal.