ste Tribunal Quinto de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda DECLARAR SIN LUGAR, la solicitud de la Abogada Lisbeth Perrozo Fernández, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano THOMAS MANUEL BERVIN MARCANO, y se ratifica la medida cautelar impuesta consistente en régimen de Presentaciones cada quince (15) días por ante la Unidad de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, de conformidad con lo previsto en el artículo 242 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda notificar a la peticionante y a la representación fiscal. Líbrese las boletas indicada.