Este JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo, interpuesta por el ciudadano EDWARD ALEXANDER ZAPATA GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° V-18.775.670, en contra de la entidad de trabajo ALIMENTOS POLAR PLANTA MARIGUITAR C.A.
SEGUNDO: A partir de la presente fecha se concede el lapso de tres (3) días hábiles siguientes a la publicación de la decisión para el cumplimiento voluntario de lo resuelto.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS.
PUBLÍQUESE - REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. En la ciudad de Cumaná, a los ocho (08) días del mes de Agosto del año dos mil veintitrés (2023). Años 213° de la Independencia y 164°.....