En consideración a los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano LENNIN CARMONA, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 92.617, apoderada judicial de del ciudadano ELY JOSE GARCIA MEDINA, titular de la cedula de identidad N° 22.926.236, parte recurrente; SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia de fecha dos (2) de mayo de dos mil diecisiete (2017), dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Sucre, Extensión Carúpano, TERCERO: SE REPONE la causa al estado en que aperture la articulación probatoria establecido en el 546 del Código Procedimiento Civil aplicado por analogía según el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, CUARTO: No hay condenatoria en Costas, en virtud de la naturaleza .....