En virtud de lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud presentada por la fiscalia sexta del ministerio publico, y acuerda en favor de la ciudadana XXXXXX, venezolana, nacida en fecha 21-10-1998, de 14 años de edad, cédula de identidad XXXXX, estudiante, natural de Cumaná, hija XXXXXX y XXXXXX, residenciado XXXXXXXX; una medida cautelar sustitutiva de libertad de conformidad con lo contemplado en el articulo 582 literales "C y D" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en la causa que se le iniciara por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE A TITULO DE DOLO EVENTUAL, previsto en el artículo 405 del Código Penal, vigente para la fecha de comisión de los hechos, en perjuicio de la ciudadana PATRICIA CAROLINA HURTADO RIVAS (OCCISA.- To.....