Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Benítez y Libertador, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara confeso al ciudadano ENDER JOSÉ RIVERA BONILLO, ampliamente identificado en el encabezamiento de la presente sentencia y en consecuencia, se declara CON LUGAR la presente demanda de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en contra del ciudadano ENDER JOSÉ RIVERA BONILLO, ampliamente identificado en el encabezamiento de la presente sentencia, intentada por la ciudadana CARMEN MARÍA GARCIA FERNÁNDEZ, igualmente identificada ut supra, quedando obligado la parte demandada a cancelar la cantidad de once mil treinta y cuatro bolívares con 00/100 (Bs. 11.034, oo), por concepto de Obligación de Manutención no cancelada desde el mes de agosto de 2010 hasta el mes de abril de 2011 y la cantidad de cuatro mil doscien.....