este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley en apego a sus garantías y derechos fundamentales consagrados en los artículos 43, 44 y 46 la Constitución Bolivariana de la Republica de Venezuela acuerda el traslado del ciudadano imputado Víctor José Carreño, venezolano, fecha de nacimiento 25-08-1978 de 29 años de edad, soltero, de profesión u oficio pescador, titular de la cedula de identidad N° 14.499.205 residenciado Barrio 4 de diciembre de la población de Araya Municipio Cruz Salmeron Acosta del Estado Sucre a las Instalaciones del Internado Judicial de Cumana, en salvaguarda de sus derechos y garantías Constitucionales y legales. Librese boleta de traslado adjunto a oficio al IAPES, notifíquese a las partes.- Cúmplase.-