, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Sin Lugar la Desestimación de la Causa, solicitada por la Representante del Ministerio Público, en la causa seguida a la adolescente ; a quien se le iniciara investigación por uno de los delitos Contra Las Personas, en perjuicio de Juan Carlos Vallejo; Con fundamento en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la solicitante. Remítase mediante oficio, la presente causa a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, para que se prosiga la investigación, conforme a lo dispuesto en el artículo 302 del texto legal antes indicado. Líbrese lo indicado