En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO, Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato de arrendamiento incoada por el ciudadano JESÚS S. VILLANUEVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.939.549, asistido por el Abogado JADDER ALEXANDER RENGEL SALAZAR, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 109.295, en contra del ciudadano ANTONIO GUERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.655.373, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 del Decreto con Rango y Fuerza de ley de Arrendamientos Inmobiliarios .ASÍ SE DECLARA.