Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA ENTREGA DEL VEHICULO: Marca Chevrolet, Clase: Automóvil, Modelo Malibu, Tipo: Sedan, Año: 1.983, Color: Azul, Placas: AA190YC, Serial de Carrocería: D1W69ADV113097, Serial del Motor: ADV113097, Uso: Particular, visto que en razón de la experticia realizada por el experto Oscar Carrera del C.I.C.P.C, signada con el N 267-2012, de fecha 20-07-2012, se concluye que el vehiculo en mención presenta la chapa del serial de carrocería ubicada en el tablero del vehiculo la cual se observa el serial de la carrocería con los dígitos: D1W69ADV113097, suplantada debido a que no se encuentra fijada con los remaches originales de la planta ensambladora. Se acuerda las copias solicitadas. Se deja constancia que las partes presentes quedaron notificadas de la presente decisión. Es todo, terminó,.....