Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, solicitado por la Representación fiscal, a favor del adolescentexxxxxxxxxxxxxx; por la presunta comisión del delito de LESIONES GENERICAS, previsto en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio del ciudadanoxxxxxxxxxxxx, de conformidad con el artículo 318 ordinales 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 561 literal E de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes. Remítase el asunto a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público en su debida oportunidad. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Notifíquese a imputado y victima. Líbrese boletas de notificaci.....