De conformidad con lo alegado y probado en el expediente, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1°. CON LUGAR la demanda intentada por OMAIRA ASENCIÓN MARCHÁN ROMERO contra ROSA RODRÍGUEZ, por la pretensión de desalojo del inmueble constituido por la casa distinguida con el N° 17, ubicada en la avenida 01 de la urbanización Bebedero, Cumaná, en jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Sucre, por la falta de pago de los cánones de arrendamiento de los meses comprendidos entre agosto de dos mil seis (2006) y abril de dos mil nueve (2009).
2°. CON LUGAR la demanda POR LA PRETENSIÓN DEL PAGO DE LOS CÁNONES DE ARRENDAMIENTOS de los meses comprendidos entre agosto de dos mil seis (2006) y abril de dos mil nueve (2009), POR LA CANTIDAD DE DOS MIL SETECIENTOS BOLÍVARES (Bs. 2.700.....