Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 e la reforma del código orgánico procesal penal de fecha 25 de Agosto del año 2.000, AUTORIZA a la Físcalía Primera del ministerio Público Para prescindir de la acción penal seguida contra el ciudadano Leris José Caraballo Véliz, Venezolano, de 23 años de edad, Soltero, Vigilante, residenciado en la Avenida Universidad, sector 23 de Enero, vereda 2, casa S/N y titular de la cédula de identidad N° V-15.540.483, por la presunta comisión del delito de Lesiones personales leves, previsto en el artículo 418 del código penal en perjuicio de la ciudadana Carmen Luisa Lozada, declarándose la EXTINCIÓN de la referida acción penal, y consecuencialmente a tenor de lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° del código orgánico procesal penal vig.....