DISPOSITIVA:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano ERASMO JOSE GUERRA, Venezolano, Natural de Río Caribe, de 33 años de edad, nacido en fecha 11/05/85, de profesión u oficio Obrero, de estado civil Soltero, Titular de la Cédula de identidad V.18.459.125 y residenciado en Calle Carabobo, Casa Nro 22, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, por estar incurso en la comisión de los delitos de VIOLENCIA, PSICOLOGICA, AMENAZA Y VIOLENCIA PATRIMONIAL, previsto y sancionado en los artículos 39,41,50 de la Ley Sobre el Derecho a la Mujer a una Vi.....