Este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 493 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al ciudadano TOMAS ANTONIO ARCIA LACHEA, titular de la cedula de identidad N° 8642.211 de nacionalidad venezolana, de natura de Cumaná Estado Sucre, de 46 años de edad, nacido el 05-07-65, de estado civil soltero, de profesión u oficio Jardinero, hijo de los ciudadano ELEAZAR ARCIA Y ANA LACHEA, Residenciado en Boca de Sabana, calle La Isla N° 07, Teléfono 0293-4314305, condenado a cumplir la pena de: SEIS (6) MESES DE PRISIÓN más las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de: POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Or.....