la ciudadana Juez da lectura a la Sentencia publicada en fecha 08 de Junio de 2010, mediante el cual Declara DECLARA: PRIMERO: ABSUELTO al Joven Adulto (Identificación Omitida), venezolano, natural de Carúpano, de 18 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 23.945.632, soltero, nacido en fecha: 10-10-91 Profesión u oficio: Caletero en el mercado, hijo de: Jorge Dario Vásquez Hurtado y Silvia Josefina Hurtado de Vásquez, y Residenciado en Barrio la Viña, final Calle Páez. Casa Nº 27, cerca del aeropuerto, Carúpano, Estado Sucre, por el delito de: DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, tipificado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de: LA COLECTIVIDAD, todo con fundamento en las previsiones de los Artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad a lo establecido en los artículos 8, 602, Literal "E", 604 y 605.....