este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en su Sala de Juicio, bajo decisión del Juez Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en la presente causa de DIVORCIO 185, Ordinal 2° del Código Civil, formulada por la ciudadana: . AMADO JOSE RAMOS MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.650.813, domiciliado en esta ciudad de Cumaná, , Estado Sucre, contra la ciudadana: CORINA BEATRIZ CASTAÑEDA CASTELLAR , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.977.708, domiciliada en Cantarrana, Sector Cerro Sabino al lado del Bar los Alpes , Cumaná, Estado Sucre, .En consecuencia precédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminada la presente causa. Se ordena el cierre y el archivo del expediente