En atención a los motivos de hecho y derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario, Marítimo y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio a través del cual se ventila la pretensión de DIVORCIO 185-A, interpuesta por los ciudadanos, JOSÉ NATIVIDAD ROJAS Y MIGUELINA DEL CARMEN CARABALLO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-4.494.914 y V- 4.784.142, asistido por el abogado en ejercicio YVAN JOSE SALAZAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 91.756.