Dadas las consideraciones que preceden, el Juzgado Quinto de Primera instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano JOSE MANUEL BRITO TILLERO, venezolano, natural de Cumaná Estado Sucre, nacido en fecha 25/09/1986, de 20 años de edad, soltero, estudiante, titular de la cédula de identidad N° V-18.212.288 y residenciado en Urb. Fe y Alegría, sector 5, vereda 10, nro. 28 de esta ciudad, procesado por la presunta comisión del delito de USO INDEBIDO DE EXPLOSIVOS, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en concordancia con el artículo 12 de la Ley sobre Armas y Explosivos, en perjuicio del Estado Venezolano; en virtud de que, a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad para.....