este Tribunal de Ejecución del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de la defensa y acuerda imponer al adolescente ENRIQUE JOSÉ ANDRADE VALLEJO, venezolano, Cédula de identidad N° 17.909.595, de 19 años de edad, soltero, obrero, nacido el 2/11/1986, residenciado en Urbanización Bebedero calle periférica, Sector Guate de Cochino, casa N° 56, de esta ciudad, hijo de Rosa Herminia Molinet Vallejo y Julio Andrade; que debe cumplir la medida contenida en el Artículo 620 literal “b” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, relativa a REGLAS DE CONDUCTA por un lapso de un (1) año, consistente en Realizar uno o varios cursos de capacitación y/o retomar sus estudios de educación básica y se le otorga un plazo de 15 días hábiles a los fines de que consigne la constancia de estudios que acredit.....