este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Marítimo, Bancario y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara: INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, incoada por el ciudadano RAFAEL VILLEGAS OTTO, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 44.248, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CORPORACIÓN DE SERVICIOS AGROPECUARIOS, S.A. (CORSERAGRO) inscrita ante el Registro Mercantil Primero del Estado Sucre en fecha 5 de Mayo de 1993, bajo el N°17, tomo A-9, ( 2° Trimestre), contra de los ciudadanos: JOSE ANTONIO COVA, JESUS NICOLAS COVA, ELIAZITH JOSE HERNANADEZ , ALFONSO FUENTE, ALEXANDER FIDEL RODRIGUEZ, ROSANA GONZALEZ ROJAS, RUBEN EDUARDO ROMERO, LUIS RAFAEL URBINA Y JESUS RAFAEL RODRIGUEZ, titulares de las Cédulas de Identidad N° 10.879.511, 10.220.463, 5.883.327, 15......