Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: ADMISIBLES los Recursos de Apelación interpuestos por: el primero por los abogados ALINA GARCÍA y JESÚS GUTIERREZ, en su carácter de Defensores Privados de los ciudadanos JHONATAN JOSUE MAESTRE CORTEZ y LUIS GUILLERMO RODRÍGUEZ CHACÓN y el segundo: interpuesto por el abogado JULIO CÉSAR MARTÍNEZ RONDÓN, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano GABRIEL JOSÉ CORTEZ CORTEZ, contra Sentencia Definitiva publicada en fecha 17 de Enero de 2017, por el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, mediante la cual CONDENÓ a los ciudadanos antes mencionados a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS Y TRES (03) MESES DE PRISIÓN por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO COMETIDO CON ALEV.....