este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, revoca las medidas de protección y seguridad impuestas en contra del ciudadano FRANCO GIRGENTI SANTAGATI, venezolano, natural de esta ciudad de 45 años de edad, nacido en fecha 14-12-64, casado, de profesión u oficio comerciante, cédula de identidad N° 08.440.551, residenciado en el parcelamiento miranda, calle uracoa quinta marga, sector f, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre y a favor de la víctima, ciudadana MARINA DE LOURDES MARINO previstas en los numerales 3, 4, 5 y 6 del artículo 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia; todo de conformidad a lo establecido en los artículos 88, 91 numeral 1 y 100, todos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia.