Con fundamento a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Casanay, que Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA.
PRIMERO: Inadmisible la demanda por NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, interpuesta por el ciudadano JORGE DEL VALLE GALLARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-11.967.787, en contra del ciudadano HERIBERTO ERNESTO BELLO FIGUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 13.074.080, por cuanto este sentenciador considera la presente demanda contraria a derecho y a disposiciones expresas de la ley, al no cumplir con la Resolución número 2009-0006 dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 18 de marzo de 2009, y publicada en fecha 2 de abril del presente año 2009, en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: Por la nat.....