este Tribunal acuerda fijar un plazo, a los fines de que la partes, queden conformes con el plazo para presentar el acto conclusivo por parte del Ministerio Público. En el mismo orden de ideas cabe destacar que la presente causa se ventila por es uno de los delitos RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y LESIONES PERSONALES GRAVES e insta al adolescente Imputado para que dentro de los 30 días siguientes a la presente fecha constaten, a través de su defensa en contenido del acto conclusivo presentado por la representación Fiscal, no obstante que le será librada la respectiva boleta si bien fuere el caso y así se decide; igualmente se declara con lugar la expedición de las copias simples que en este acto formula la defensa para lo cual deberán gestionar por ante la secretaria administrativa de este Tribunal. Se ordena la inmediata remisión de la causa original a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público. Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial .....