Este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: DECRETA FLAGRANTE LA DETENCIÓN del adolescente OMISSIS, en investigación relacionada con la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, tipificado en el articulo 453 Ordinales 3º, 4º y 6º y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, tipificado en el artículo 218, ambos del Código Penal, en perjuicio de la Ciudadana CARMEN MARIA GUZMÁN y EL ESTADO VENEZOLANO; conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y ORDENA continuar el presente proceso por el Procedimiento Ordinario, por mandato del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD contra el adolescente OMISSIS; por estimarlo presuntamente incurso en la comisión de los delit.....