Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, NIEGA, la solicitud de Destacamento de Trabajo hecha a favor del penado, Carlos Eduardo Rodríguez Subero, suficientemente identificado en autos, todo de conformidad con el artículo 509 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con la interpretación hecha por la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ...