Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: CONDENA al ciudadano: Stiven Rafael Márquez Cedeño, Venezolano, Natural del Estado Anzoátegui, de 20 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.592.966, nacido en fecha: 17-12-88, Obrero, hijo de Rafael (Padre Desconocido) y Petra Isabel Cedeño, Residenciado en: Playa Grande, Casa S/N, sector el Margariteño, cerca de la licorería Barbero, en Carúpano Estado Sucre, a cumplir la pena de SEIS (06) MESES de prisión, más las accesorias de Inhabilitación política por el tiempo que dure la pena principal, por la comisión del delito de Ultraje al Pudor, previsto y sancionado en el artículo 381, del Código Penal, en concordancia con el articulo 217 de la LOPNA, en perjuicio de la Niña Doreylis Del Carmen Brett Figuera;.....