Es por ello que este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre-Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, Declara improcedente EL PERMISO solicitado a favor del Penado JESÚS ALBERTO BLANCO DÍAZ,