En consideración a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el Ciudadano JOSE ALBERTO GÓMEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de Cédula de Identidad Nº V- 11.380.480, contra del INSTITUTO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANEAMIENTO AMBIENTAL (I.A.MS.A).
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma de SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLÍVARES CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS Bs. 68.895,33 Por los conceptos determinados en el cuerpo de esta sentencia, mas lo que arroje la experticia complementaria del fallo, por los intereses moratorios causados por la falta de pago de los conceptos laborales condenados al ser con.....