este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara: INCOMPETENTE para conocer de la pretensión de ESTIMACIONJ E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, incoada por el abogado en ejercicio ALFONZO JOSE BERRIOS LEON, contra la ciudadana ELIZABETH JIMENEZ HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.301.258 y DECLINA LA COMPETENCIA en el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a quien corresponda conocer de acuerdo con el proceso de distribución de causas. Remítase las presentes actuaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, una vez quede firme la presente decisión. Así se decide.-