este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 4, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los Ciudadanos EDUARDO BENITO DELGADO, quien en es venezolano, Mayor de Edad, Titular de la cedula de identidad N: 21.870.082 Y JOSE GREGORIO ROJAS, quien en es venezolano, Mayor de Edad, Titular de la cedula de identidad N: 20.374.398, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 420 ordinal 2ª del Código Penal, en perjuicio de EDUARDO BENITO DELGADO, quien en es venezolano, Mayor de Edad, Titular de la cedula de identidad N: 21.870.082 , EMOREIDI JOSEFINA GUTIERREZ, DANIELA ALEJANDRA DELGADO GUTIERREZ Y LUISA DEL VELEN MLAVE, (de quien se desconocen mas datos),, por considerar que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para .....