Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA LA SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD, impuesta al joven adulto "OMISSIS", a quien se le sigue la presente causa por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458, del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos ADRIAN JESÚS GÓMEZ CEDEÑO Y SUANDRI DEL VALLE CEDEÑO ZAMORA, por el cumplimiento simultaneo de las MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso que le falta por cumplir DE SEIS (06) MESES Y VEINTICINCO (25) DÍAS, para el cumplimiento de la Medida de Libertad Asistida, el sancionado deberá asistir una vez al mes, a evaluación social con el Equipo Multidisciplinario de esta Sección de Adolescentes, con el fin de someterse a la Supervisión, Asistenc.....