este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara: INCOMPETENTE para conocer en alzada el recurso de apelación ejercido contra la sentencia definitiva, dictada por el Juzgado de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 04 de Marzo de 2.010, en la pretensión de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoada por la sociedad mercantil en nombre colectivo "JORGE ZAJIA y CIA. SUCESORES", representada judicialmente por los abogados en ejercicio Luis Beltrán Méndez y Sael Astudillo, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros: 19.830 y 103.930, en ese mismo orden, contra la sociedad de comercio HOTELERA ITALO VENEZOLANA, C.A.; y asimismo, DECLINA LA COMPETENCIA en el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y.....