Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad del ciudadano Aguedo Catalino García, Venezolano, soltero, mayor de edad, nacido en fecha 30-04-1968, de 38 años de edad, titular de Cédula de Identidad Nº V-10.510.115, de Oficio Sindicalista en el Sindicato de la Construcción, hijo de Aguedo Albino Díaz y Inés María García, domiciliado en el Barrio 5 de Julio, calle Principal, casa s/n, en toda la esquina de una bodega, detrás del Aeropuerto de esta Ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal en perjuicio del Estado Venezolano.