Con fundamento en los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, conforme a lo alegado y probado por la parte demandante, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de EXTINCION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, incoada por el ciudadano: TOMÁS ADELSO GUTÍERREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-11.833.011, domiciliado en el Sector Golindano, casa s/n, Marigüitar, Municipio Bolívar Estado Sucre, asistido por la Abogada LUISA ANTONIA GIMÉNEZ YENDEZ, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-13.941.472, inscrita en el Instituto de Previsión Social de Abogado (INPREABOGADO) bajo el N° 168.288, contra los ciudadanos: ÁNGEL GABRIEL GUTIÉRREZ RAMOS Y HÉCTOR L.....