Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño, Niñas, Adolescentes, Marítimo y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada en ejercicio LUISA HERMINIA BASTARDO RUÍZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 56.177, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana KARILA JOSÉ VILLAMIZAR GEDEÓN, parte demandada, contra el auto de admisión de medios probatorios dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 18 de Junio de 2018.
SEGUNDO: SE MODIFICA el auto dictado en fecha 18 de Junio de 2018, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Suc.....