Este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por ciudadano AGOP NASARIAN TACHIAJIAN, Titular de la cedula de identidad N° V- 15.117.460 representante legal de la Entidad de Trabajo CANTERAS HORIZONTE, C.A., parte demandada recurrente; SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia de fecha cuatro (04) de agosto de dos mil diecisiete (2017), dictado por el Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución delTrabajo del Estado Sucre, TERCERO: SE REPONE la causa al estado que se fije nueva oportunidad para celebrar la Audiencia Preliminar, CUARTO: No hay condenatoria en Costas, en virtud de la naturaleza del presente fallo; QUINTO: REMITASE la causa en su oportunidad al Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre, a los fines legales consiguiente.
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