este TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena por el procedimiento especial de admisión de los hechos, al ciudadano PEDRO MIGUEL GOMEZ VELASQUEZ, de 26 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 18.417.324, natural de Cumaná, nacido en fecha 27/05/87, hijo de Pedro Gómez y Leidis Velásquez, soltero, de profesión u oficio Taxista, residenciado en Cantarrana, calle los almendrones, casa Nro. 13, frente del ambulatorio, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS, CUATRO (4) MESES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 405, en concordancia con el 424 ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano SAUL.....