Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SE ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto el abogado PEDRO MANUEL ROJAS, Defensor Público Primero Suplente en lo Penal Ordinario, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, actuando en este acto con el carácter de Defensor de los ciudadanos RAINER FRANCISCO MAESTRE BRITO, ENDER ALEXANDER MARVAL SUÁREZ y JOSÉ RAFAEL RODRÍGUEZ; en contra de la decisión dictada en fecha 07 de Octubre de 2012, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná; mediante la cual decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra los ciudadanos antes mencionados por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en los artículos.....