Por todo lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se desestima la acusación fiscal y se decreta el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano ARTURO GREGORIO YNDRIAGO BELLORIN, a quien la Representación Fiscal le imputó el delito de
HOMICIDIO CALIFICADO, con alevosía y por motivos fútiles e innobles, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos JAVIER ENRIQUE LA ROSA CARABALLO (Y LUIS CASTILLO TORRES hoy (Occisos), por lo que se ordena la Libertad Plena del ciudadano ARTURO GREGORIO YNDRIAGO BELLORIN, quien es venezolano, natural de Caracas, de 23 años de edad, nacido el 12-10-1988, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad Nº 24.625.675 y residenciado en Puerto La Cruz, vía principal de Tronconal II, casa Nº 32, a 3 estacio.....