Por todo lo antes expuesto este Tribual Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda MEDIDA DE PROTECCIÓN, a la Ciudadana DIOMAR MARTÍNEZ, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de identidad N° V-13.730.680 y domiciliada en Playa Grande, Calle Cumaná casa N° 13, parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez del Estado Sucre.. En su condición de Victima Directa en la causa signada con el N° 19-F7-2C-430-05. Nomenclatura de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, a fin de garantizarle su integridad física y emocional a la mencionada Ciudadana y a su grupo familiar, es por lo que se comisiona al Comandante de Policía de Playa Grande, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, para que ordene a los funcionarios adscritos a la zona donde reside la Ciudadana DIOMAR MARTÍNEZ, a objeto de que efectúen RONDAS POLICIALES CONSECUTIVAS, durante el día .....